Fecha: Jue, 2011-08-25
Estimad@s tod@s,
Por considerar que puede ser de su interes les comunico lo siguiente: Capulalpam, lleva mas de una decada de movilizacion en contra de la explotacion de minerales, de su devastador impacto a territorios comunales y de la asignacion masiva de concesiones mineras por parte del gobierno federal en la Sierra Zapoteca y Mixe de Oaxaca.
Ayer, nuestra comunidad logro que el Senado de la Republica consensara un Punto de Acuerdo, cuyos argumentos pueden abrir posibilidades de proteccion legal y politica de los derechos de la comunidad de Capulalpam y de varias comunidades indigenas en Mexico que padecen situaciones similares (Texto abajo)
Saludos afectuosos
Salvador Aquino
http://www.maderasdelpueblo.org.mx/capulalpam-mineria-y-punto-de-acuerdo-en-el-senado
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Dictámenes a Discusión | |
De la Tercera Comisión, el que contiene punto de acuerdo: En relación con las actividades mineras en la comunidad de Capulalpam de Méndez, Oaxaca. |
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FUE APROBADO, EN VOTACIÓN ECONÓMICA. Documento Aprobado |
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Documentos Relacionados: | |
TERCERA COMISIÓN DE TRABAJO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS.
DICTAMEN CON PUNTO DE ACUERDO RELACIONADO CON LAS ACTIVIDADES MINERAS EN LA COMUNIDAD DE CAPULALPAM DE MÉNDEZ, OAXACA. HONORABLE ASAMBLEA: A la Tercera Comisión de la Comisión Permanente correspondiente al Segundo Receso del Segundo año de Ejercicio Constitucional de la LXI Legislatura, fue turnada la Proposición con Punto de Acuerdo relacionado con las actividades mineras en la comunidad de Capulalpam de Méndez, presentada por la Diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. Los legisladores integrantes de esta Comisión, realizaron el estudio y análisis de los planteamientos de la proposición de mérito, a fin de valorar su contenido, deliberar y verter las consideraciones que integran el presente dictamen. Con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión que suscriben, someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el siguiente dictamen, con base en la siguiente: I METODOLOGÍA Las Comisión encargada del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrolló su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe: En el capítulo de «Antecedentes», se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo y turno para el dictamen del referido proyecto y de los trabajos previos de la Comisión. En el capítulo de “Contenido de la Proposición con Punto de Acuerdo”, se reproducen los resolutivos a efecto de puntualizar la propuesta a estudio. En el capítulo de «Consideraciones», los integrantes de esta Comisión expresan argumentos de valoración del proyecto y de los motivos que sustentan el presente dictamen: II. ANTECEDENTES 1. Con fecha 3 de agosto de 2011, la Diputada Laura Itzel Castillo Juárez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó una proposición con punto de acuerdo relacionado con las actividades mineras en la comunidad de Capulalpam de Méndez. 2. En la Sesión correspondiente a la fecha señalada en el numeral que antecede, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, instruyó que la proposición señalada en el proemio del presente documento, fuera turnada a la Tercera Comisión de Trabajo de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, para su estudio y dictamen correspondiente. 3. Los miembros de esta Tercera Comisión de Trabajo, en reunión de trabajo procedimos a la elaboración del presente dictamen, mismo que se hace al tenor siguiente: III. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO: Los suscritos integrantes de esta comisión, estiman oportuno puntualizar la propuesta contenida en el punto de acuerdo que a la letra señala: ¨…Primero.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente informe sobre el estado en que se encuentra la demanda interpuesta en 2006 por los habitantes de la comunidad de Capulalpam de Méndez, Oaxaca, y dé cuenta de la forma en que se han cumplido las 17 medidas ordenadas a la empresa “Compañía Minera de La Natividad y Anexas S.A. de C.V.”, establecidas en el documento de Inspección Industrial Administrativa No. 260, que derivó del Expediente Administrativo PFPA/OAX/47/0325-06. Todo esto para determinar los efectos de una posible autorización para que dicha empresa minera reinicie operaciones. Segundo.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Comisión Nacional del Agua que exijan a la Compañía Minera de La Natividad y Anexas, y a la empresa SUNDANCE a resarcir el daño al patrimonio de la comunidad de Capulalpam de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y a la Declaración de la Naciones Unidades para los Derechos de los Pueblos Indígenas Tercero.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a no permitir el reinicio de las actividades mineras en Capulalpam de Méndez, Oaxaca, pues hay graves anomalías en el cumplimiento de las medidas correctivas impuestas por PROFEPA y en tanto no se resuelva la segunda demanda por impacto ambiental presentada ante la misma dependencia por esta comunidad en mayo del presente. Cuarto.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Economía un informe sobre las concesiones mineras otorgadas a las empresas Compañía Minera de La Natividad y Anexas, SUNDANCE, “Continuum Resources” y Fausto Calvo Sumano en tierras comunales de Capulalpam, para constatar el debido cumplimiento del artículo 2° de la Constitución, que habla de la facultad de los pueblos indígenas para preservar la integridad de sus tierras, y del segundo párrafo del artículo 15 del Convenio 169 de la OIT, que establece la obligación del Estado mexicano a consultar a las poblaciones indígenas antes de otorgar permisos para la exploración o explotación de territorios indígenas. Todo esto para que, en caso de violación a este derecho, la Secretaría de Economía proceda a la revocación de las concesiones mineras. Quinto.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita a la PGR informe sobre el curso de las averiguaciones previas 34/UEIDAPLE/da/6/2008 y 35/UEIDAPLE/da/6/2008 presentadas a raíz de una denuncia de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Sexto.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a la CONAGUA a deslindar responsabilidades a la Compañía Minera de La Natividad y Anexas y a la empresa SUNDANCE por el derrumbe de las presas de jales cuyos desechos contaminan diariamente miles de metros cúbicos de agua del Rio Capulalpam..¨. IV. CONSIDERACIONES 1. Analiza y critica la legisladora el modelo económico neoliberal de nuestro país señalando el favorecimientos a determinados sectores privados y la afectación incluso, al medio ambiente; señala que estudios realizados en el presente sexenio, determinan que se han concesionado un total de 51 millones de hectáreas al sector minero privado que han arrojado un beneficio económico mínimo, fura de toda proporción a las ganancias de dicho sector privado cuyo ingreso de divisas supera incluso al sector turísitco, que además, en algunos casos ocasiona daños irreversibles a los ecosistemas y a la forma de vida de las comunidades. 2. Detalla la proponente que el caso que ocupa a su proposición es uno de los que ocasiona graves afectaciones al medio ambiente y a la comunidad, dice que la Compañía Minera de la Natividad y Anexas, empresa localizada en Capulalpam de Méndez, Oaxaca, ocasiona un gran deterioro de los territorios indígenas, destrucción del tejido social, violación de los derechos de los pueblos y explotación irracional de los recursos naturales, que la comunidad de Capulalpam se encuentra amenazada por la explotación de oro y plata en territorio de pueblos zapotecos y mixes; que dicha empresa canadiense se asoció con la Compañía Minera de La Natividad y Anexas, que desde el siglo XIX operaba en la zona, lo mismo que con la “American Smelting and Refining Company” (Asarco), subsidiaria del Grupo México, que Asarco realizó actividades de exploración en la zona desde 1993 y que tiene concesiones en otras partes del Estado de Oaxaca. 3. Cita la legisladora que como resultado de las protestas de Capulalpam y de los cuestionamientos ante la Cámara de Diputados, Continuum Resources vendió sus concesiones a otra transnacional de nombre SUNDANCE, que tiene como parte de sus actividades la de explotación minera. La Compañía Minera de La Natividad y Anexas perforó túneles que se extendieron por las zonas de bosque y acuíferos, provocando la desaparición de trece manantiales que alimentaban a la comunidad y su entorno; también se adueñaron de tierras comunales de Capulalpam donde depositaron materiales de desecho, contaminando ríos y arroyos, ocasionando un desastre ambiental; aunado a lo anterior, entre 2005 y 2007, estas empresas localizaron otras vetas de oro y plata en la última zona acuífera de Capulalpam, prácticamente en la superficie terrestre, por lo que planearon una explotación a tajo abierto para la obtención de los minerales proyecto que pone en riesgo no solo la biodiversidad, la tierra, el medio ambiente y la sobrevivencia de la comunidad, sino también los lugares sagrados y sitios de importancia histórica para la comunidad y el Estado de Oaxaca. 4. Destaca la ocursante que ha quedado debidamente probado que las actividades mineras en Capulalpam, ha sido realizadas en contraposición y violación las leyes ambientales, según consta en la resolución de la CONAGUA por la afectación de 13 acuíferos, así como en la resolución de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente ordenando la clausura temporal de las actividades de la Compañía Minera de La Natividad y Anexas en la zona, ya que, en el documento derivado de la inspección realizada por la PROFEPA, se le ordenó a la Compañía Minera de La Natividad y Anexas, llevar a cabo 17 medidas correctivas para subsanar los daños ambientales y sociales ocasionados por sus actividades y cuyo cumplimiento se desconoce por los afectados. Además, existe una denuncia interpuesta por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, de la que se desprenden dos averiguaciones previas y cuyos resultados son aún desconocidos por la comunidad afectada, ya que no han detenido las actividades de las empresas citadas de quienes se espera extiendan sus actividades de explotación en zonas acuíferas de Capulalpam; mientras que la comunidad local ha recibido amenazas de ser penalmente señalados por difamación al haber hecho de conocimiento público el desastre ambiental derivado de la explotación minera en dicha comunidad. 5. Cita la exponente que, en meses recientes, las compañías mineras referidas han pretendido el reinicio de operaciones, aún cuando los daños ambientales que motivaron el cierre temporal no han sido reparados, siendo descubierta la contaminación por arsénico, plomo y diversos depósitos de desechos mineros en terrenos comunales de Capulalpam y abandono de instalaciones peligrosas en la zona de Tierra Caliente de Capulalpam; situación que resulta en un ataque a los derechos constitucionales de dichas comunidades indígenas que no encuentran la protección de las autoridades para conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras, ni ser tomados en consideración para el otorgamiento de permisos de explotación como la propia Carta Magna ordena a efectos de determinar si sus intereses serán perjudicados, y en qué medida, ante la prospección o explotación de los recursos existentes. 6. Los miembros de esta Comisión dictaminadora procedieron al análisis de la proposición con Punto de Acuerdo y coinciden plenamente con la preocupación expresada y consideran procedente el requerimiento de informes a las Procuraduría Federal de Protección al Ambiente sobre diversas medidas ordenadas a las empresas citadas, asimismo, para que tomen las medidas pertinentes a efectos de detener el deterior ambiental que sufre la región en donde se encuentra establecida la comunidad de Capulalpam de Méndez Oaxaca. En mérito de lo antes expuesto, la Tercera Comisión Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, somete a la consideración del Pleno, el siguiente: PUNTO DE ACUERDO ÚNICO.- La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de Economía para que, en un plazo que no exceda de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del presente punto de acuerdo, remita a las Cámaras del Congreso de la Unión, un informe sobre las concesiones mineras otorgadas a las empresas Compañía Minera de La Natividad y Anexas, SUNDANCE, “Continuum Resources” y Fausto Calvo Sumano en tierras comunales de Capulalpam de Méndez, Oaxaca y a los Titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional del Agua, un informe sobre el derrumbe de las presas de jales, cuyos desechos contaminan las aguas del Rio Capulalpam; así como la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente con respecto a las investigaciones en curso a propósito del presente asunto. Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 17 de agosto de 2011. TERCERA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS. Sen. Fernando Castro Trenti Presidente. Dip. Sebastián Lerdo De Tejada C. Dip. Mario Alberto Becerra Pocoroba Secretario Secretario Dip. Juanita Arcelia Cruz Cruz Secretaria Integrantes Sen. Carlos Aceves Del Olmo Sen. Ricardo Pacheco Rodríguez Dip. Gerardo Sánchez García Dip. David Penchyna Grub Sen. Minerva Hernández Ramos Sen. Beatriz Zavala Peniche Sen. Adriana González Carrillo Dip. Ruth Esperanza Lugo Martínez Dip. Juan Carlos López Fernández Sen. Ricardo Monreal Ávila |
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