Aprueban diputados reforma sobre extracción en minas carbón

por | Abr 11, 2013 | 0 Comentarios

Notimex | Nacional | Fecha: 2013-04-11 | Hora de creación: 16:07:56 | Ultima modificación: 16:07:56

La Cámara de Diputados aprobó por 443 votos a favor y tres abstenciones reformas a la Ley Federal del Trabajo, para prohibir la extracción de carbón en tiros verticales, pozos y cuevas a profundidades menores de 100 metros, debido al peligro que implica la explotación de estos yacimientos.

El dictamen elaborado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social modifica los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de esa ley. Además el pleno avaló en lo particular modificaciones a estos artículos por 365 votos a favor, 51 abstenciones y dos abstenciones.

Con ello, se establece una pena de prisión de tres a seis años y una multa de hasta cinco mil veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal a responsables o encargados de la operación y supervisión que dolosamente o por negligencia omitan implementar medidas de seguridad o se produzca la muerte de uno o varios trabajadores.

También, se les da un plazo máximo de 12 meses a los concesionarios de minas de carbón para acondicionar los centros de trabajo, suspender de manera definitiva las actividades de extracción en tiros verticales, cuevas y pozos de carbón.

Asimismo, deberán implementar medidas de seguridad en los nuevos centros de trabajo que correspondan a tajos a cielo abierto y tiros inclinados e implementar el sistema de registro en tiempo real del personal y su ubicación.

A nombre de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, la diputada Claudia Delgadillo González, aseveró que en México la seguridad de las minas es prácticamente inexistente, y Coahuila es la entidad que tiene las estadísticas más altas de tragedias.

Incluso, la legisladora advirtió que México enfrenta problemas con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por el hecho de mantener la misma política de inspección, seguridad e higiene en las minas.

Una de las reservas aprobadas se refiere al último párrafo del Artículo 343-C para establecer que cuando un patrón de minero no cumpla con sus responsabilidades en caso de que haya un accidente, el titular de la concesión minera sea obligado subsidiario.

En el documento se asegura que las actividades mineras registran riesgos laborales generalizados en extracción de carbón, debido a que los procesos y técnicas son artesanales y rudimentarios, además de que omiten la normatividad en materia de seguridad.

Por ello, con estas medidas se pretende evitar y prevenir fatalidades o desgracias como el incidente de 2006 dejó 65 muertos en Pasta de Conchos, cuyos trabajadores demandaban incrementos salariales y revisión de las medidas de seguridad y salud en dicha mina.

En el documento aprobado se señala la necesidad de que las empresas inviertan para modernizar el sector y que el Estado diseñe políticas adecuadas con una legislación clara.

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http://www.cronica.com.mx/notas/2013/744290.html

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