Comisionados: José de Jesús Orozco Henríquez, Rose-Marie Belle Antoine, Dinah Shelton (Relatora Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas_
Peticionarios: Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR, Colombia), Centro Hondureño de Promoción y Desarrollo Comunitario (CEHPRODEC, Honduras), Red Agua, Desarrollo y Democracia (REDAD, Piura, Perú), Asociación Marianista de Acción Social (AMAS, La Libertad, Perú), Fundación para el Debido Proceso (DPLF, Regional), Pastoral Social de Dignidad Humana del Arzobispado de Huancayo (PASSDIH), Red Internacional de los Afectados por la VALE, Justiça nos Trilhos, Justiça Global

Los peticionarios transmitieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) los resultados de tres años de documentación de violaciones de derechos humanos del sector de la minería en varios países de América Latina. Los peticionarios solicitaron a los países de acogida que se hagan responsables de las violaciones de derechos humanos de las empresas mineras extranjeras. Los peticionarios transmitieron las tendencias de 24 casos sobre violaciones de derechos humanos, centrándose en las empresas mineras canadienses. Las empresas mineras canadienses representan el 60 por ciento del sector de minería en Sur América.
El sector de la minería afecta sobre todo las poblaciones más vulnerables, con un impacto en lo social, cultural y ambiental. Algunas de las tendencias que los peticionarios señalaron fueron el desplazamiento obligado y el desarraigo social y cultural de las poblaciones vulnerables, como las poblaciones que fueron reubicadas debido a una zona minera en expansión.
Los peticionarios señalaron que los problemas a los que se enfrentan las poblaciones vulnerables en los países receptores son: la falta de procesos adecuados y legítimos, la criminalización de la protesta social en contra de la minería y la falta de recursos jurídicos efectivos y procedimiento. Los peticionarios señalaron que las empresas y los gobiernos suelen prevalecer porque no reconocen la relación de existente causalidad entre la industria minera y el impacto de la salud en las poblaciones vulnerables. Los peticionarios mencionaron un caso en Honduras, donde existen niveles tóxicos de plomo en la sangre de personas mayores.
Los peticionarios explican que, para el gobierno de Canadá, las organizaciones civiles canadienses que están trabajando en paliar los efectos de la industria minera están subordinadas a los intereses comerciales y económicos de las empresas canadienses. Los peticionarios señalaron que las empresas canadienses y el gobierno deben ser declarados responsables de estas violaciones y que el gobierno canadiense debe presentar un marco legislativo claro para hacer frente a este problema. Los peticionarios señalaron que hasta el momento, sólo Canadá está proporcionando soluciones ineficientes y suaves. Los peticionarios solicitaron la responsabilidad conjunta de Canadá y de los respectivos países de América Latina donde se están produciendo las violaciones.
La Comisionada Dinah Shelton, como Relatora Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, recordó el artículo 36 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, que es el único artículo en el que un tratado internacional aborda directamente la inversión privada extranjera y las empresas transnacionales. De acuerdo con el artículo 36, las empresas transnacionales están sujetas a la legislación de los países de acogida, a la jurisdicción de los tribunales competentes, así como a los tratados internacionales de los respectivos países. La Comisionada Shelton también abogó por alternativas al litigio, como las acciones de los consumidores directos y opciones de comercio justo.
La Comisionada Rose-Marie Belle Antoine cuestionó la solicitud de los peticionarios para mantener a los actores privados o corporaciones canadienses responsables, preguntándoles qué tipo de responsabilidad estaría involucrada. El Comisionado José de Jesús Orozco Henríquez agradeció a los peticionarios la información valiosa y también preguntó a los peticionarios que mecanismos judiciales están en marcha para hacer frente a las violaciones de las empresas canadienses en el extranjero y que si los solicitantes saben si hay algún país dónde existan tales mecanismos.
Peticionarios respondieron que este tipo de responsabilidad no se ha establecido, pero que, con el apoyo de la CIDH, los peticionarios están tratando de establecer un nuevo camino para que las corporaciones extranjeras sean responsables.