Juez concede amparo contra concesiones que la SE otorgó para extraer minerales

por | Jun 27, 2014 | 0 Comentarios

Indígenas de La Montaña de Guerrero logran inédita resolución a su favor

Agapito Cantú Miguel denunció que el gobierno federal pretende revertir el fallo del juez

LUCIANO TAPIA ( Corresponsal)

Ciudad de México, 26 de junio. Autoridades agrarias de la comunidad indigena de San Miguel del Progreso–Júba Wajiín, municipio de Malinaltepec, Guerrero, dieron a conocer que el juez tercero auxiliar de la séptima región con sede en Acapulco, les concedió un amparo que deja sin afecto las concesiones otorgadas por la Secretaría de Economía del gobierno federal para la exploración y explotación de los recursos minerales en esa zona.

En conferencia de prensa, el presidente del comisariado de los bienes comunales, Agapito Cantú Miguel; el comisariado de San Miguel del Progreso, Gonzalo Hilario, y el director del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Abel Barrera Herández, informaron que ahora corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificar el fallo en favor de los indígenas de La Montaña de Guerrero.

Denunciaron también que entre las violaciones graves están el que no fueron consultados sobre si estaban de acuerdo o no con las concesiones.

Demandaron a la SCJN que se avoque al conocimiento del caso para que analice por primera vez si la ley minera en vigor es compatible con la Constitución y con los tratados internacionales de derechos humanos. Cantú Miguel denunció que el gobierno federal pretende revertir esa inédita resolución.

Destacó que la Secretaría de Economía confirmó en 2013 la existencia de dos concesiones mineras que abarcan casi el 84 por ciento de su territorio, otorgadas por 50 años a una minera trasnacional.

Luego de comprobar que su territorio se encontraba en riesgo, la Asamblea Comunitaria determinó impugnar legalmente las concesiones mineras, considerando que la comunidad ya había acordado, en una asamblea agraria, no dar su anuencia a la realización de actividades de exploración y explotación minera, registrando dicho acuerdo en un acta fechada el 17 de abril de 2011, que fue debidamente inscrita ante el Registro Agrario Nacional el 13 de septiembre de 2012.

De esta manera, el 15 de julio de 2013, la Comunidad San Miguel del Progreso–Júba Wajiín interpuso una demanda de amparo (con el número 1131/2013) porque el procedimiento administrativo que derivó en la entrega de los títulos de concesión Reducción Norte de Corazón de Tiniebla (título 232560) y Corazón de Tinieblas (título 237861), contravino la Constitución y los tratados internacionales.

La acción legal incorporó, por primera vez en años recientes, la solicitud de que se analice si las disposiciones de la Ley Minera son constitucionales y compatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

No obstante, el 13 de marzo de 2014 la Secretaría de Economía presentó el recurso de revisión donde, entre otras cosas, el gobierno federal niega la existencia del derecho a la consulta previa tratándose de concesiones mineras.

http://www.lajornadaguerrero.com.mx/2014/06/27/index.php?section=politica&article=004n1pol

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