Estimadas/os compeñras(os):
 
El día de hoy la Red TDT entregó una petición de exigencia a la CNDH para que presente una acción de inconstitucionalidad a las leyes de la Reforma Energética que violan los derechos humanos. Por éste motivo, realizamos una AU para pedir que la ciudadanía se una a la exigencia.
 
 Les pedimos su apoyo para difundirla, les mantendremos al tanto de las acciones que se realizarán sobre este tema.

Saludos

http://redtdt.org.mx/d_acciones/d_visual.php?id_accion=360


21 de agosto de 2014
Acción Urgente
 
Exigimos a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promover acción de inconstitucionalidad a leyes de la Reforma Energética que violan derechos humanos.
El 11 de agosto de 2014 el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, promulgó el paquete de reformas y aprobación de leyes secundarias en materia energética, que incluye la modificación de doce leyes y creación de nueve más que vulneran los derechos humanos. Ante este contexto la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos, “Todos los Derechos para Todas y Todos” y Greenpeace entregamos una carta en las oficinas de la CNDH para sumarnos a las exigencias de las organizaciones ambientalistas y defensoras de derechos humanos que presentaron una petición a la CNDH, el 18 de agosto, para que promueva una acción de inconstitucionalidad en contra de las leyes de la Reforma Energética por ser violatorias de los derechos que a continuación se citan:
 
-Violaciones de las leyes secundarias al principio pro personae[1] establecido en el Art. 1 Constitucional
-Violaciones al derecho a la tierra, el territorio y los recursos naturales, a la consulta y el consentimiento libre, previo e informado, autodeterminación y desarrollo de los pueblos originarios, establecidos en el Art. 2 Constitucional y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo
-Violaciones de las leyes secundarias al derecho a la propiedad contenido en el Art. 14 Constitucional y el Art. 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos
-Violaciones al derecho a la participación y al derecho a la información establecidos  en el Art. 6 Constitucional y los Arts. 13 y 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos
-Violaciones al derecho humano al agua y al medio ambiente sano contenidos en el Art. 4 Constitucional y el Art. 11 del Protocolo de la Convención Americana de Derechos Humanos sobre derechos económicos sociales y culturales.
-Violaciones a los derechos humanos a consecuencia de la fracturación hidráulica (fracking) para la explotación de hidrocarburos.
 
Ante estas posibles violaciones le pedimos a la CNDH que:
 
  • Promueva una acción de inconstitucionalidad a las leyes de la Reforma Energética que violan derechos humanos;
  • El próximo proceso de renovación de la presidencia de ésta Comisión Nacional no interfiera con las obligaciones y atribuciones constitucionales en materia de protección y defensa de los derechos humanos en contra del proceso de iniciativa, discusión, aprobación, promulgación, publicación y vigencia de la multicitada reforma;
  • Debe de garantizar y proteger los derechos humanos, incluidos los ambientales, de todos los ciudadanos y  ciudadanas, de los pueblos indígenas y de los grupos en situación de vulnerabilidad, ante las posibles violaciones de derechos humanos emanadas de la Reforma Energética.
 
Envíen sus llamamientos a:
 
Lic. Raul Plascencia Villanueva
Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Periférico Sur 3469, Col. San jerónimo Lidice,
Delegación Magdalena Contreras, C.P. 10200, México D.F.
Teléfonos: (55) 56 81 81 25 y (55) 54 90 74 00
Lada sin costo 01800 715 2000
Greenpeace México
 
Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (conformada por 74 organizaciones en 22 estados de la República mexicana)

Agenda LGBT (Estado de México), Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (Distrito Federal);  Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (Guadalajara, Jal.); Asociación para la Defensa de los Derechos Ciudadanos “Miguel Hidalgo”, A.C. (Jacala, Hgo.); Bowerasa, A.C. “Haciendo Camino”. (Chihuahua, Chih.); Casa del Migrante Saltillo (Coahuila) Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Distrito Federal); Centro “Fray Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (Puebla, Pue.); Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas”, A. C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis); Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa A.C;  Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.”, A. C. (Distrito Federal);  Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A. C. (Distrito Federal);  Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”. A.C. (Tapachula, Chis);  Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C. (Tlapa, Gro.);  Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua),   Centro de Derechos Humanos de los Pueblos del Sur de Veracruz “Bety Cariño” A.C. (Tatahuicapan de Juárez, Ver.) Centro de Derechos Humanos, “Juan Gerardi”, A. C. (Torreón, Coah.);  Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez, Chihuahua);  Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.);  Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo (Orizaba, Veracruz);  Centro de Derechos Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de los Derechos del Migrante (Distrito Federal); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (CEPAD) (Guadalajara, Jal.); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-DF) (Distrito Federal);  Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”, A.C. (Saltillo, Coah.);  Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco); Centro Hermanas Mirabal de Derechos Humanos (León, Gto.), Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Distrito Federal), Centro Mujeres (La Paz, BCS.), Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A.C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A.C. (Oaxaca, Oax.); Ciencia Social Alternativa, A.C. – KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A.C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (Distrito Federal); Comité Cerezo (Distrito Federal); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacán, A.C. (Tehuacan, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. (Chihuahua, Chih.); Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, A. C. (CIDHMOR) (Cuernavaca, Mor.); Comisión Intercongregacional “Justicia, Paz y Vida” (Distrito Federal); Comisión Regional de Derechos Humanos “Mahatma Gandhi”, A. C. (Tuxtepec, Oax.);  Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C. (Oaxaca, Oax.); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Distrito Federal);  Comité de Derechos Humanos “Fr. Pedro Lorenzo de la Nada”, A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, A. C.  (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos de Colima, A. C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C. (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A. C. (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo A.C. (Tulancingo,Hgo.); El Caracol A.C (Distrito Federal); Estancia del Migrante González y Martínez, A.C. (Querétaro, Qro.); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos. (Culiacán, Sin.); Indignación, A. C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Mérida, Yuc.); Iniciativas para la Identidad y la Inclusión A.C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuria, S.J. Universidad Iberoamericana- Puebla; Instituto Guerrerense de Derechos Humanos, A. C. (Chilpancingo, Gro.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Distrito Federal); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC), (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente, – Programa Institucional de Derechos Humanos y Paz. (Guadalajara, Jal.); Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia A.C. (Distrito Federal),  Programa Universitario de Derechos Humanos. UIA –León (León, Gto.); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales Y Culturales (Distrito Federal); Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER) (Distrito Federal);  Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Estado de México); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí);  Servicio, Paz y Justicia de Tabasco, A.C. (Villahermosa, Tab.); Servicios de Inclusión Integral, A.C. (Pachuca, Hidalgo); Taller Universitario de Derechos Humanos, A. C. (Distrito Federal); Tequio Jurídico A.C. (Oaxaca, Oax.)

[1] El principio pro personae o pro persona significa  acudir o utilizar la norma más protectora o la menos restrictiva, según sea el caso, sin importar la ubicación jerárquica que ocupe ésta en el sistema jurídico, es decir, que en virtud del principio pro persona la norma que prevalecerá es aquella que mejor proteja o menos restrinja al ser humano en el ejercicio de sus derechos fundamentales. Karlos Castilla, El principio Pro Persona en la administración de Justicia, Jurídicas UNAM, México, D.F 2011, http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/cconst/cont/20/ard/ard2.htm, última visita 21 de agosto de 2014.
 
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Nancy Gocher Padilla
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