En su segundo informe de labores, la Secretaría de Economía informó que, hasta junio de 2014, en México existían 25 mil 566 títulos mineros vigentes, de los cuales 644 de ellos se expidieron entre septiembre de 2013 y junio de 2014, es decir, 64 por mes.
Seis entidades concentran 67 por ciento de las concesiones, entre ellas Sonora que ocupa el primer lugar con 4 mil 430 títulos (17 por ciento del total) y en donde ayer se reportó una nueva mancha en uno de los ríos ya afectados, que los técnicos de la Sagarpa ya analizan para evaluar si podría representar nuevos riesgos.
Las asignaciones para la explotación de la minería, algunas de ellas con vigencia hasta por 50 años, las concentran actualmente 301 empresas, preponderantemente trasnacionales; destacan 207 canadiense; 48 estadunidense y 14 con capital mayoritariamente mexicano (Contralínea, abril de 2013).
Históricamente, en Guanajuato la industria, de oro y plata principalmente, ha sido una actividad económica importante, y aunque la mayor parte de ella se ubica en el distrito de Guanajuato, en donde operan Endeavour Silver Corp.; Great Panther Silver LTD y Gammon Gold Inc.; el estado también sufre las consecuencias de esta desmedida explotación, como es el caso de la zona natural protegida de la Sierra Gorda contaminada por cientos de toneladas de residuos tóxicos cancerígenos, generados por la operación de lo que fuera la zona minera de Xichú.
Tan sólo de 2005 a 2010, las empresas mineras del país obtuvieron más de 552 mil millones de pesos, pero solamente pagaron al erario “derechos” por 6 mil 500 millones, es decir 1.18 por ciento de sus ganancias en México, del que, únicamente en 2008, extrajeron y comercializaron más de 50 toneladas de oro y 2 mil 600 de plata (Contralínea, marzo de 2012).
De acuerdo con el reporte financiero de Grupo México, que maneja la mina de Cananea, durante el primer semestre de 2014 ganó 15 mil 320 millones de pesos. Exclusivamente, de Buenavista del Cobre, este corporativo, obtiene 4.4 millones de dólares diarios.
German Larrea Mota Velasco, director ejecutivo de Grupo México, con una fortuna de 14 mil 700 millones de dólares, es el segundo hombre más rico de México, según Forbes.
Como parte de las reformas en materia fiscal aprobadas por el Congreso, a partir de este año se aplica una tasa de 7.5% a los ingresos de las mineras por la enajenación o venta de la actividad extractiva, que sólo pagaban un ridículo derecho de 35 centavos por hectárea.
Así como un impuesto extraordinario del 0.5% a los ingresos derivados de la enajenación del oro, plata y platino. Se acordó que de estos recursos, 40% se destinarán a la Federación, 30% a las entidades federativas y 30% a los municipios mineros.
Sin embargo, es claro que se requieren más reformas que ordenen con mayor eficacia la explotación de los recursos minerales del país.
El Grupo Parlamentario del PRD trabaja en la elaboración de un marco normativo que regule y racionalice la explotación minera y que cuide al medio ambiente, así como en una regulación en materia de energía geotérmica y seguridad industrial para que se incorporen principios precautorios y lineamientos estrictos para la protección de cuerpos de agua durante la explotación minera y de hidrocarburos.
Sin menoscabo de impulsar la inversión productiva, una nueva ley debe considerar, entre otros aspectos, medidas para que las empresas del rubro respeten los derechos de los trabajadores, destacadamente en materia de seguridad e higiene; preserven el medio ambiente, el derecho a la salud y los valores culturales; atiendan a las comunidades y las hagan copartícipes de la riqueza generada y que aporten al país los beneficios económicos que tanto necesita, dentro de un concepto integral del desarrollo regional y de cohesión social.
Debe además definir principios esenciales de peligro o daño inminente, condición social de la concesión, historial negativo de cumplimiento, participación indispensable de la comunidad afectada y derecho de acción de los familiares, para prevenir las prácticas que han caracterizado a esta actividad en detrimento de las comunidades, los trabajadores y del medio ambiente.
Estos principios deberán ser considerados por las autoridades al momento de otorgar los títulos, así como en los procesos de nulidad y cancelación de los mismos.
Debe prohibir el uso de sustancias químicas altamente contaminantes en los procesos metalúrgicos y obligar a las compañías a reparar los daños que causen al equilibrio ecológico y de protección al ambiente, a la salud, a los monumentos artísticos, históricos y arqueológicos; y a establecer depósitos para los desechos tóxicos, y darles el debido mantenimiento, debiendo informar trimestralmente a las autoridades sobre el estado que guardan tales depósitos, lo que no sucedió en el caso de Buenavista del Cobre.
Las conclusiones del Primer informe de trabajo de la Comisión Especial para dar seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminante a los ríos Sonora y Bacanuchi, creada por la Cámara de Diputados, fueron contundentes y entre otras medidas solicitó a las autoridades federales una sanción ejemplar, penal, civil y administrativa en contra de Grupo México y los mandos directivos que resulten responsables.
Recomendó también a las comisiones respectivas del Congreso de la Unión presenten un paquete legislativo que fortalezca al Estado mexicano en su función reguladora y sancionadora y que lo dote de la capacidad para actuar con prontitud en cualquier contingencia.
En el PRD ya estamos listos y los diferentes grupos parlamentarios han manifestado sus coincidencias.
Las reformas deben servir para obligar a la industria minera no sólo a que pague impuestos acorde a sus multimillonarias ganancias, sino también para detener la explotación irracional de los recursos naturales del país.
También tienen que contemplar sanciones más rigorosas para las autoridades que no cumplan plenamente su responsabilidad de vigilar la correcta operación de las empresas, así como multas mucho más altas para las compañía que no acaten las medidas de seguridad pertinentes y que las obliguen a pagar y subsanar los daños ambientales, sociales y económicos provocados y, si el caso lo amerita, el retiro de la concesión.
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