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PROGRAMA Institucional del Servicio Geológico Mexicano 2020-2024.

Servicio Geológico Mexicano.

Programa Institucional del Servicio Geológico Mexicano 2020-2024
PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
1.- Índice
1.- Índice2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa3.- Siglas y acrónimos4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa5.- Análisis del estado actual5.1 Problemáticas relevantes5.2 Principios Rectores5.3 Contribución al PND5.4 Cambios Esperados6.- Objetivos prioritarios6.1 Relevancia del Objetivo prioritario 1: Aumentar la exploración de yacimientos mineros para el desarrollo económico y sostenible del sector productivo minero6.2 Relevancia del Objetivo prioritario 2: Fomentar la generación y difusión del conocimiento geológico del país para impulsar la actividad minera y el desarrollo sostenible6.3 Relevancia del Objetivo prioritario 3: Impulsar la exploración y evaluación de yacimientos minerales radiactivos y carbón, permitiendo aumentar la proveeduría de la industria eléctrica7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales8.- Metas para el bienestar y Parámetros9.- Epílogo: Visión hacia el futuro2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa
El Programa Institucional del Servicio Geológico Mexicano 2020-2024 (Programa) se emite en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 25 y 26, apartado A, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 17, fracción II, 22, 24, 27, 28 y 29 párrafo tercero de la Ley de Planeación; 1o, 2o, 11, 47, 48, 49 y 59 fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y con vinculación al Eje 3. Economía del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de julio de 2019 y con diversas acciones puntales del Programa Sectorial de Economía 2020-2024 (PROSECO), publicado en el DOF el 24 de junio de 2020. El Programa tiene como propósito articular, a nivel conceptual y estratégico, el objeto, la misión y las funciones del Servicio Geológico Mexicano dirigidos a apoyar a la Secretaría de Economía (SE) para promover el mejor aprovechamiento de los recursos minerales y generar la información geológica básica de la Nación, de conformidad con lo establecido por el artículo 9 de la Ley Minera. El Servicio Geológico Mexicano sustenta su competencia en la Ley Minera publicada en el DOF el 26 de junio de 1992, y sus posteriores reformas, entre ellas, la publicada en el mismo órgano de difusión oficial el 28 de abril de 2005, mediante la cual se cambió la denominación de Consejo de Recursos Minerales a Servicio Geológico Mexicano (SGM) otorgándole 26 funciones para el cumplimiento de su objeto. Asimismo, el SGM tiene su fundamento en los artículos 27, cuarto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 de la Ley Minera; 10, 11 y 12 de su Reglamento; 9 y 10 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear; 15, segundo párrafo y 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Cuenta con un Estatuto Orgánico aprobado por su Órgano de Gobierno, el cual tiene por objetivo regular la adscripción y organización interna de las unidades administrativas del organismo, así como establecer las facultades y funciones previstas en la Ley Minera y su Reglamento, el cual fue publicado el 24 de marzo de 2010 en el DOF, y cuya última reforma fue publicada el 22 de agosto de 2016, en el mismo órgano de difusión.

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